california lemon law

 

Todo Acerca de Nosotros

El Bufete de Abogados de Michael A. Saunders ejerce exclusivamente la Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos en California. Por lo mismo, nuestra experiencia está totalmente dirigida a esta area y estamos al día de todos los cambios en la Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos. Nuestro Bufete  ha representado a cientos de clientes referente a la Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos en California. Ofrecemos consultas sin costo a consumidores que tengan problemas serios con defectos en sus vehículos. Si establecemos que usted tiene una causa legítima, trabajaremos diligentemente para que usted obtenga un reembolso del precio de adquisición ó un vehículo nuevo. Bajo la Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos en California, el fabricante tiene la obligación de pagar los honorarios al abogado al obtener un resultado favorable. Resolvemos más del 95% de nuestros casos., la mayoría en aproximadamente 30 a 60 días!

Llame a las oficinas de Michael A. Saunders, Abogado, para una consulta SIN COSTO. Aquí le pueden aconsejar  si su vehículo califica bajo la Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos en California.

Lemon Law

Su vehículo, estando bajo garantía, ha regresado varias veces a la agencia sin estar reparado? La Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos en California cubre autos nuevos, demonstradores, autos de arrendamiento y autos usados vendidos con parte de la garantía de autos nuevos. Si su vehículo tiene un defecto que perjudica sustancialmente su uso, valor ó seguridad y usted le ha dado oportunidad razonable al fabricante de arreglar el defecto, usted tiene derecho a una de las siguientes  rectificaciones bajo la Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos en California:

        Un Vehículo Nuevo de Reemplazamiento o

         El Reembolso de su Dinero

Recupera lo Siguiente:

         El Pago Inicial (enganche)

         Subsidio de Cambio

         Impuestos

         Reembolso  de sus Pagos Mensuales o Pagos de Arrendamiento

         Pago del Honorario de Registro en el Departamento de Vehículos

         El Fabricante Tiene la Obligación de pagar el Resto del Préstamo
   para Comprar el Vehículo o el Resto del Contrato de Arrendamiento.

 

Actualización Importante a la Ley de Protección al Consumidor referente
 a Vehículos Defectuosos (Lemon Law) en
California  

Efectivo el 1 de enero 2001 la Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos (Lemon Law) en California supone que un vehículo defectuoso es un “limon” si la agencia ha intentado reparar el defecto 2 ó mas veces durante los primeros 18 meses ó 18,000 millas, lo que ocurra primero, y el consumidor ha notificado directamente al fabricante sobre el defecto. Para que esta suposición aplique, el defecto debe ser (1) una condición que pueda causar muerte ó mas serios daños corporales y (2) en gran parte dañe el uso, valor ó seguridad del vehículo.

Para que defectos que no causen muerte ó serios daños corporales, la Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos (Lemon Law) en California presume que un vehículo defectuoso es un “limon” si la agencia ha intentado reparar el defecto 4 ó mas veces ó el vehículo ha estado fuera de servicio por mas de 30 días. Para que esta suposición aplique el defecto debe en gran parte afectar negativamente el uso, valor ó seguridad del vehículo.

Bajo la Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos en California, tiene usted el derecho de que el fabricante pague los honorarios del abogado que lo represento. El consumidor no debe pagar los honorarios del abogado ni los costos cuando está en busqúeda de sus derechos bajo esta ley.

Si tiene usted problemas repetitivos con su vehículo y la agencia no los ha podido reparar, llame al Bufete de Abogados de Michael A. Saunders para una consulta sin costo y así podrá usted conocer si su auto califica bajo la Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos en California. 

 

Autos Comerciales

El 1 de enero de 2001, la Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos en California se modificó para incluir vehículos de uso comercial siempre y cuando el vehículo tenga un peso menor de 10,000 libras. La Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos en California actualmente cubre vehículos para uso comercial que cubran los siguientes requisitos:

   El vehículo nuevo sea usado para uso comercial por una persona u organización, la cual no tenga registrado más de 5 vehículos en California.

   El vehículo nuevo tenga un peso bruto de menos de 10,000 libras.

Con este cambio tan importante a la Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos en California, aún cuando usted use su vehículo nuevo para negocio, usted posiblemente tiene derecho a un reembolso o a un vehículo nuevo.


FAQs

P: Qué es la Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos (Lemon Law) en California?

R: La Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos (Lemon Law) en California permite al consumidor obtener un reembolso o un vehículo nuevo de reemplazamiento si el fabricante no puede reparar un vehículo defectuoso y los defectos afectan considerablemente el uso, valor o seguridad del vehículo.

P: Que sucede si mi vehículo fue comprado hace más de 12 meses o el kilometraje es más de 12,000 millas?

R: Hay un concepto erróneo con referencia a la Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos (Lemon Law) en California. El concepto es que esta ley solo se refiere a vehículos que hayan sido comprados hace menos de 12 meses o que tengan un kilometraje menor a las 12,000 millas. Esto no es verdad! La Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos (Lemon Law) en California sí concierne a vehículos sin tener en cuenta la edad ó el kilometraje. Mientras el vehículo tenga problemas dentro de la garantía, Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos (Lemon Law) en California probablemente aplica.

P: Cuántas veces tengo que llevar mi vehículo a la agencia para reparación?

R: Si el vehículo es llevado a reparación  por el mismo problema 4 ó más veces o ha estado fuera de servicio por más de 30 días durante el periodo de garantía del fabricante (generalmente 36 meses o 36,000 millas, lo que ocurra primero) su vehículo califica bajo la Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos (Lemon Law) en California.

P: Qué sucede si mi vehículo está actualmente fuera del periodo original de garantía, se puede utilizar la

Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos (Lemon Law) en California?

R: Si los defectos que actualmente esta teniendo fueron detectados durante el periodo de garantía original y la agencia tuvo la oportunidad de reparar estos defectos antes de la fecha de caducidad de la garantía, es posible que tenga usted derecho a un acuerdo bajo la Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos (Lemon Law) en California.

P: Aplica la Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos (Lemon Law) en California a reparaciones cubiertas por la garantía prolongada?

R: No.

La garantía prolongada es esencialmente un contrato de servicio que cubre reparaciones a vehículos despues de vencer la garantía del fabricante. Puede parecer que la garantía prolongada es similar a la garantía del fabricante , pero no es lo mismo. La Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos (Lemon Law) en California requiere que el vehículo sea reparado bajo la garantía original del fabricante para que el consumidor tenga derecho a un reembolso o un vehículo nuevo de reemplazamiento.

P: Hay la posibilidad que el fabricante acepte la devolución de mi vehículo y me entrege un reembolso o remplazo si hago todos los tramites por mi parte sin un abogado?

R: Probablemente No!

Todos los fabricantes de vehículos tienen centros de “atención al consumidor” que se encargan de atender al cliente que tenga problemas con su vehículo defectuoso. En muchas ocaciones, el representante le dirá al consumidor que se investigará la reclamación del consumidor y revisará la situación o empleará la ayuda de un representante de area o de la agencia donde se compró el vehículo. Haciendo creer de esta manera al consumidor que se está haciendo lo posible para resolver el problema pero en realidad el fabricante está dejando pasar el tiempo para que usted no solicite ayuda legal bajo la Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos (Lemon Law) en California. Los fabricantes cuentan con que muchas de las personas simplemente enfadarán y venderán el vehículo o lo entregarán para comprar otro en la agencia.

En el raro caso, que el fabricante ofrezca un reembolso o reemplazamiento de vehículo, generalmente no ofrecen el reembolso total que le corresponde al consumidor bajo la Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos (Lemon Law) en California. Generalmente se le carga al consumidor miles de dolares en kilometraje excesivo, impuestos y otros gastos, los cuales deben ser pagados por acuerdo a la Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos (Lemon Law) en California. Se le aconseja al consumidor que solicite ayuda legal antes de aceptar cualquier oferta hecha por el fabricante. De acuerdo a  la Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos (Lemon Law) en California se require que el fabricante pague los honorarios del abogado,asi es que no hay razon por la cual deba usted representarse a si mismo en estos asuntos. Llame a Michael A. Saunders para recibir una consulta sin cargo o mándenos un e-mail para que usted sea aconsejado sobre sus derechos bajo la Ley de Protección al Consumidor referente a Vehículos Defectuosos (Lemon Law) en California.

 Llámenos Sin Costo  1-866-35-LEMON

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